Solingesa, expertos en eficiencia energética>>
Publicado el Real Decreto 390/202 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
El RD 390/2021 traslada la Directiva (UE) 2018/844 incorporando las modificaciones respecto a requisitos y procedimiento de la certificación energética de edificios.
Con un plazo de doce meses desde su publicación, se amplía el tipo de edificios que requieren certificación de eficiencia energética, siendo obligada para contrucciones de más de 500 metros cuadrados con uso administrativo, sanitario, comercial, residencial público, docente, cultural, recreativo, logístico, hostelero o deportivo. También todos los edificios que deben pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE) o que hagan rehabilitaciones energéticas deberán disponer de la certificación de eficiencia energética. Como cuestión importante, será obligada la renovación de la certificación de peor calificación energética en 10 o 5 años, según los casos.
Los servicios de Ingeniería Ambiental de Solingesa, además del diseño e implantación de sistemas de Gestión de la Eficiencia Energética conforme ISO 50001, incluyen la ejecución de auditorías energéticas conforme UNE 216501 y certificación energética o etiquetado energético de edificios. Todos estos servicios se prestan desde nuestras sedes en Andalucía (Sevilla, Málaga, Jerez de la Frontera-Cádiz, Granada), Extremadura y Canarias.