Realización de Auditorías Energéticas conforme R.D. 56/2016 según UNE EN 16247
Realización de Auditorias Energéticas para dar cumplimiento al R.D. 56/2016 de 12 de Febrero, por el que se transpone la Directiva2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía
La realización de las auditorias energéticas se realizan conforme a la norma UNE EN 16247.
Dada la complejidad del problema energético, y la diversificación de usos de la misma, se hace necesario el desarrollo de una serie de normas de ámbito común europeo, para unificar los criterios de auditoría en diferentes sectores. Estas normas son las de uso para realizar las Auditoría Energéticas conforme R.R. 56/2016. La serie de normas UNE EN 16247 vienen a establecer ese marco común europeo, estableciendo las siguientes especialidades:
- UNE EN 16247-1. Auditorías energéticas. Parte 1: Requisitos generales
- UNE EN 16247-2. Auditorías energéticas. Parte 2: Edificación
- UNE EN 16247-3. Auditorías energéticas. Parte 3: Procesos
- UNE EN 16247-4. Auditorías energéticas. Parte 4: Transporte
- UNE EN 16247-5. Auditorías energéticas. Parte 5: Competencia de los Auditores Energéticos
Los objetivos de la realización de este tipo de auditorias son:
- Obtener un conocimiento fiable del consumo energético y su coste asociado
- Identificar y caracterizar los factores que afectan al consumo de energía
- Detectar y evaluar las distintas oportunidades de ahorro, mejora de la eficiencia y diversificación energética y su repercusión en coste energético y de mantenimiento.
1. Toma de datos inicial:
Mediante la realización de visitas programadas, se realizará la auditoría energética mediante toma de datos e información necesaria para identificar ineficiencias en las instalaciones y envolventes, puntos débiles y carencias de las mismas, pautas de actuación y usos inadecuados, condiciones de contratación, tecnología actual de las instalaciones, etc. Si se trata de una auditoría energética obligatoria por el Real Decreto 56/2016, se aplaicarán todos los requisitos especificados en el mismo.
Equipos:
Mediante la utilización de equipos debidamente calibrados, se garantiza la fiabilidad de los datos obtenidos durante la realización de la auditoría energética. Las medidas a tomar pueden ser de temperaturas y caudales, calidad eléctrica, estudios termográficos, etc….
2. Análisis de datos y mediciones energéticas
Mediante el análisis de los datos obtenidos se realiza el diagnóstico energético y se identificarán posibles mejoras.
Se analizan las medidas de ahorro, descartándose aquellas que se consideren significativas o tengan un plazo de retorno muy lejano.
3. Informe de Auditoría Energética:
Se entrega un informe con los resultados obtenidos durante la realización de la auditoría energética, con estricto cumplimiento de los requisitos del R.D. 56/2016 si resulta de aplicación:
- medidas propuestas a adoptar
- inversión necesaria para las mismas
- plazos de recuperación y viabilidad.