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Etiquetado de alimentos: Entrada en vigor del Reglamento Europeo 1169/2011.

consultoria etiquetado alimentario union europea reglamento 1169 2011 entrada vigorQueda tan solo un mes para que el Reglamento 1169/2011 etiquetado de alimentos sea de obligado cumplimiento en su totalidad.

El Reglamento 1169/2011 relativo al etiquetado de alimentos ha tardado más de cinco años en ser de obligado cumplimiento en su totalidad, permitiendo así a las empresas su implantación de forma paulatina.

El Reglamento 1169/2011 tiene como finalidad aunar en un solo documento todo lo perteneciente al etiquetado de alimentos, anteriormente disperso en varias Directivas en materia de seguridad alimentaria.

Los consumidores hemos ido notando mejoras en materia de Seguridad Alimentaria y en lo que respecta a la información en el etiquetado de alimentos que las industrian nos facilitan sobre los productos que consumimos.

Los cambios más importantes del etiquetado en alimentos europeos son los siguientes:

  • Mejora de la legibilidad de la información contenida en el etiquetado del alimento, debido al tamaño mínimo de letra requerido.
  • Identificación clara de alérgenos que contiene o puede contener el producto alimenticio.
  • Obligatoriedad para identificar el origen de grasas y aceites vegetales.
  • Obligatoriedad para identificar el origen de las carnes de cerdos, ovejas, cabras y aves de corral en el etiquetado del alimento.
  • Obligatoriedad en informar sobre el origen de frutas, miel y hortalizas.
  • Obligatoriedad de identificar si un producto se ha congelado y descongelado posteriormente.
  • Información nutricional obligatoria en el etiquetado de alimentos y en un orden determinado, por cada 100g o 100ml.

Que ocurre si incumplimos la normativa de etiquetado de alimentos en Europa:

  • Pondremos en riesgo la salud de nuestros consumidores.
  • Se llevarán a cabo retiradas de nuestro producto del mercado con la consiguiente pérdida económica para la empresa y daño en su reputación.
  • Sanciones por parte de la administración pública.
  • Pérdida de clientes tanto directos (grandes superficies, distribuidores) como indirectos (consumidor final), derivada de la desconfianza generada por errores en el etiquetado de alimentos.

Solingesa, desde su Departamento de Seguridad Alimentaria, dispone de personal cualificado que puede asesorarle para que cumpla con la legislación vigente en etiquetado de alimentos o en otros proyectos en materia de Seguridad Alimentaria, incluidas las certificaciones bajo distinta normativa existente (IFS, BRC, ISO 22000). Todos estos servicios se prestan desde nuestras sedes en Andalucía (Sevilla, Málaga, Jerez de la Frontera-Cádiz, Granada), Canarias, Cataluña, Extremadura y Madrid.


Por Valle Sánchez


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